La apostilla es un sello o certificación oficial que autentica la validez de un documento público emitido en un país signatario de la Convención de La Haya de 1961. Este sello garantiza que el documento fue emitido por la autoridad competente y que las firmas y sellos que contiene son auténticos, permitiendo su uso legal en cualquiera de los más de 120 países miembros de la Convención sin necesidad de legalización consular adicional.
En el estado de New Jersey, la entidad encargada de emitir la apostilla es el Secretary of State de New Jersey. Nosotros tramitamos este proceso directamente, ahorrándote tiempo y desplazamientos.
La Convención sobre la Supresión del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, conocida como Convención de La Haya, fue firmada el 5 de octubre de 1961 y entró en vigor en 1965. Estados Unidos es signatario desde 1981, y los países latinoamericanos más importantes (Colombia, México, Venezuela, Ecuador, Perú, etc.) también son miembros.
La apostilla simplificó enormemente el proceso de reconocimiento de documentos extranjeros al eliminar la cadena de legalizaciones que antes era necesaria (notarización, autenticación del colegio de notarios, autenticación del Ministerio de Relaciones Exteriores, y finalmente legalización consular). Con la apostilla, un solo sello es suficiente.
Los documentos emitidos por agencias federales (como el FBI, el Departamento de Estado o el USCIS) no se apostillan ante el Secretary of State de NJ. Estos tienen su propio proceso de autenticación. Te asesoramos sobre el procedimiento correcto para cada tipo de documento federal.
El documento debe ser un original o copia certificada emitida por la autoridad competente. No se apostillan fotocopias simples ni documentos privados sin notarizar.
Los documentos privados (contratos, poderes, traducciones) deben ser notarizados por un notario público de New Jersey antes de poder apostillarse.
El documento se envía (o se lleva en persona) a la Apostille Section del New Jersey Secretary of State en Trenton, NJ, con el formulario de solicitud y el pago correspondiente.
El Secretary of State verifica la firma del notario o funcionario en el documento y emite la apostilla. El tiempo estándar es de 5–10 días hábiles; el servicio express puede ser en 1–3 días.
"No sabía qué documentos necesitaba para registrar mi hijo nacido en EE.UU. en el registro civil de Colombia. Notaría y Apostilla me explicó todo el proceso y gestionó la apostilla del acta de nacimiento. Fue muy sencillo."
— Camila V., cliente de Colombia